|
La Agencia Tributaria ha realizado ya cerca de 32.000 devoluciones a
contribuyentes cántabros por importe de 21,9 millones de euros. Son
datos hasta el 20 de mayo que constatan un incremento del 132,69% en el
número de devoluciones realizadas hasta esa fecha con respecto al mismo
periodo de la pasada campaña. Por su parte, la cuantía de las
devoluciones ha crecido un 118,25% en ese periodo.
Según informó la Agencia Tributaria, en
Cantabria se han confirmado hasta el momento 44.309 borradores del
IRPF, un 20,37% más de los confirmados en igual periodo del pasado año.
En total, el número de declaraciones presentadas alcanza las
54.169, un 16,82% más –incluye los borradores confirmados,
puesto que al confirmarlos la declaración queda presentada–. De las más
de 54.000 declaraciones ya realizadas, alrededor de un 40% –20.584– se presentaron a través de Internet.
Según destacó la Agencia, el incremento en el número de
borradores confirmados y declaraciones presentadas ha permitido
agilizar las devoluciones del IRPF en Cantabria. Por eso, a 20 de mayo,
ya se habían abonado 31.967 devoluciones de Renta.
La Campaña de Renta concluye el 30 de junio y se prevé recibir
18.525.000 declaraciones en toda España. La Agencia Estatal de
Administración Tributaria –AEAT– ofrece a los contribuyentes que reúnen
las condiciones fijadas por la ley del IRPF la posibilidad de recibir
un borrador de la declaración de Renta elaborado por la administración
tributaria.
Básicamente, pueden recibir el borrador los contribuyentes cuyas
rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo,
rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta,
Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales sometidas a retención o
ingreso a cuenta, imputación de rentas inmobiliarias siempre que
procedan de dos inmuebles como máximo, así como subvenciones para la
adquisición de la vivienda habitual.
Tener derecho a deducción por adquisición de vivienda o donativos
y desgravación por planes de pensiones no impide recibir el borrador.
Para quienes no pueden recibir el borrador, la Agencia Tributaria les
envía sus datos fiscales.
Una vez recibido el borrador, el contribuyente debe revisar los
datos que aparecen en el mismo y, si está de acuerdo, basta que lo
confirme para que su declaración del IRPF quede presentada. Si
considera que falta algún dato o no está de acuerdo puede rectificar el
borrador y luego confirmarlo.
|