Hacienda pone el punto de mira en las sociedades civiles

Una reforma obligará a las SC, una de las figuras societarias más utilizadas por los emprendedores,  a tributar en el impuesto de sociedades a partir del 1 de enero del próximo año. Además de eliminar la posibilidad de tributar por módulos, el cambio supondrá tener que llevar una gestión equivalente a la de una sociedad limitada pero sin tener ninguno de los beneficios de esta. En Cantabria existen cerca de 3.000 sociedades civiles operativas.

Texto de Jose Ramón Esquiaga @josesquiaga Publicado en marzo de 2015

A efectos prácticos, casi inmediatamente después de haber decidido sobre la naturaleza del negocio, el emprendedor tiene que elegir entre las distintas alternativas que tiene para dar soporte administrativo a su proyecto. Sobre la mesa está la posibilidad de formar una sociedad limitada –en sus diferentes formatos–, alguna forma de sociedad laboral o cooperativa, la sociedad civil o, sencillamente, limitarse a funcionar como autónomo, sin marcar ninguna distinción entre su negocio y su persona. Esta última opción es, con mucho, la más utilizada por quienes dan en salto al autoempleo, pero inmediatamente por detrás de ella aparece la sociedad civil, un formato que podemos considerar mixto, con alguna de las ventajas de las sociedades pero sin la carga de gestión que estas soportan.

Es precisamente esto último lo que ha puesto en cuestión una reforma tributaria que, de mantenerse sin cambios hasta su entrada en vigor, puede acabar con la principal razón de ser de esta figura, lo que no sólo la vaciaría de interés para los negocios de nueva creación sino que también pondría en cuestión el mantenimiento como tal de las ya existentes.

Como suele ser habitual en las cuestiones importantes, la disposición legal que amenaza con trastocar usos y costumbres empresariales pasó prácticamente desapercibida en su momento. El pasado 28 de noviembre el BOE publicaba la Ley 27/2014 sobre el Impuesto de Sociedades, que obliga a tributar de acuerdo a este a las sociedades civiles, con efectos a partir del 1 de enero de 2016. Hasta ahora, y hasta que entre en vigor la modificación, las SC tributaban en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, existiendo la posibilidad de acogerse al sistema de estimación objetiva, conocido popularmente como de módulos. Es una posibilidad que se deriva de la propia naturaleza de estas sociedades, que carecen de personalidad jurídica, y que bien puede considerarse una ventaja, no tanto por suponer una carga de impuestos menor –aunque según las circunstancias podría ser así– como por la menor carga de gestión que lleva aparejada. Tributar por el Impuesto de Sociedades obliga a llevar a ajustarse al Plan General Contable y a llevar una contabilidad diaria de ingresos y gastos, algo que hace cualquier empresa pero no los empresarios autónomos.

María José Roca, responsable de la Ventanilla Única Empresarial de la Cámara de Comercio.

“Cuando nos preguntan, solemos decir que la SC es equivalente a ser autónomo, pero contando con un pequeño paraguas”, explica María José Roca, responsable del servicio de Ventanilla Única Empresarial (VUE) de la Cámara de Comercio, un puesto desde el que está habituada a responder a las dudas de quienes quieren poner en marcha su propio proyecto empresarial. Es una explicación, admite, que valdrá hasta fin de año, pero a la que la reforma ha puesto ya fecha de caducidad: en lo que respecta a la gestión, las sociedades civiles ya no tendrán nada que ver con el empleo por cuenta propia. Si a esto le unimos que el paraguas sigue siendo tan pequeño como lo era antes de la reforma, tenemos como resultado una figura con todas las desventajas de la SL sin ninguna de sus virtudes. Un panorama escasamente propicio para una figura que, según explica la responsable de la ventanilla única, era hasta ahora bastante aconsejada para todos aquellos autónomos que pensasen montar un negocio en común.

Estadísticas

Según las estadísticas de creación de empresas de la propia VUE, a través de ella nacieron el pasado año 401 empresas, de las que 25 escogieron la fórmula de la sociedad civil. Es una proporción que puede parecer pequeña pero que no lo es tanto si tenemos en cuenta que las SL fueron 48 y los empresarios individuales –los autónomos– supusieron más de tres cuartas partes del total. En un resumen más o menos apresurado, esto deja el campo dividido en dos grandes áreas, con los proyectos más empresariales volcados en la SL y el autoempleo dividido entre los autónomos puros y los que, sin dejar de serlo, optan por el socorrido paraguas de la SC.

“Hasta ahora había proyectos para los que la sociedad civil nos parecía la figura más adecuada. Empresas formadas por dos o más personas, en el sector servicios, el comercio… Ahora mismo habría que tener en cuenta muchas circunstancias, pero a priori es cierto que con la modificación pierde mucho atractivo”, admite María José Roca. Respecto a la opción estrictamente autónoma, formar una sociedad civil aporta el contar con una denominación y un NIF desde el que facturar a clientes y abonar gastos a proveedores, algo que además de imagen de empresa aporta indudables ventajas de orden práctico. Hasta el cambio, la gestión de una sociedad civil no tenía ninguna diferencia respecto a la que tiene que hacer un trabajador por cuenta propia. La principal desventaja respecto a la SL, o a una sociedad laboral, es que a efectos de responsabilidad no hay ninguna diferencia entre la persona física y la SC, por lo que aquel responde con todo su patrimonio de las deudas que pueda generar ésta.

La mayor complejidad de la gestión tiene una primera derivada en los gastos de gestoría, y ahí es donde muchos autónomos con sociedad civil han recibido la primera noticia del cambio normativo. Aunque las tarifas son tan variadas y heterogéneas como lo es el propio sector de las asesorías, la diferencia de precio por llevar los asuntos de un autónomo o de una SL viene a ser del 100%. Esto es, los 50 o 60 euros al mes que puede pagar un trabajador por cuenta propia –con independencia de que esté o no integrado en una SC– pasan a convertirse en 100 o 120 si se trata de una sociedad mercantil. Todas las gestorías a las que se ha consultado han coincidido en calcular que esa será también la tarifa en las nuevas sociedades civiles nacidas de la reforma, por cuanto la carga de trabajo también será la misma. Indirectamente, la cuestión de la responsabilidad también cobra mayor importancia, por cuanto cualquier irregularidad que pudiera producirse –y es más fácil que se produzcan con la gestión más compleja que se deriva de la inclusión en el impuesto de sociedades– afectaría directamente al patrimonio del autónomo.

Alternativas

Perdido el atractivo de las SC, la alternativa para quienes hoy tienen una –los datos del Icane cuantifican en 2.916 las sociedades civiles operativas en Cantabria– o para quienes están pensando en montar una empresa son básicamente dos: formar una sociedad mercantil o ser autónomos. Desde la óptica del emprendedor, la segunda opción plantea algunas ventajas. Los autónomos podrán, siempre que sea la primera vez que se dan de alta como tales, bonificarse las cuotas a la seguridad social, a través de la conocida como tarifa plana del autónomo, a la que en cambio no tienen derecho los administradores socios de una SL. También presenta diferencias la posibilidad de capitalizar la prestación por desempleo: un autónomo –integrado o no en una SC– podrá utilizar ese dinero para cualquier inversión de su negocio, en tanto que quien forma una SL únicamente podrá destinar ese capital al pago de las cuotas de la seguridad social. En el caso de las sociedades limitadas, aparece también la cuestión del capital social mínimo necesario para formarlas, algo que ni existe en el caso de los autónomos, ni en el de las SC.

Así las cosas, ¿qué se puede aconsejar a los emprendedores que se acercan a la ventanilla única? María José Roca cree que no hay fórmulas para todos, y que hay que echar muchos números y valorar todas las circunstancias. “Cuando el proyecto es de más de una persona, pensemos en un comercio o en un bar, probablemente sigue siendo más interesante una sociedad. ¿Puede ser una sociedad civil? Pues habrá que hacer cuentas, y ver si el sobrecoste que supone la mayor complejidad en la gestión queda compensando por las posibles ayudas. Cuando no se trata de una sociedad, posiblemente el operar como un simple autónomo es la mejor opción para empezar. Hay que tener en cuenta que las empresas son algo vivo, y que siempre se pueden hacer cambios en el futuro”.

Entre los factores que menciona la responsable de la ventanilla única de la Cámara de Comercio no aparece el que, con toda probabilidad está en el origen del cambio en la normativa: los autónomos que operan en determinados sectores –como la hostelería del ejemplo– pueden tributar por módulos. Este sistema permite cumplir con las obligaciones tributarias a partir de una estimación objetiva –como pueden ser las características y dimensiones del local– con independencia del balance entre ingresos y gastos del negocio. Es un sistema sencillo que, además, puede ser muy ventajoso en determinadas circunstancias. Lo cierto es que, tenga o no que ver con esto, todos los gobiernos han puesto está opción de tributación en el capítulo de las cosas a eliminar. Lo de las SC es un paso en firme en esa dirección, y con toda probabilidad no va a ser el último.