La FP habla alemán
El sistema dual, denominado por algunas fuentes ‘modelo alemán’, concede el máximo protagonismo a la práctica en las empresas por una doble vía: la educativa y la del empleo. Puesta en marcha el pasado mes de noviembre, a día de hoy pone marco en Cantabria a la formación de un centenar de alumnos y 157 trabajadores.
Texto de José R. Esquiaga @josesquiaga Fotos de Nacho Cubero
Publicado en abril de 2013
Cuando el pasado mes de noviembre se presentó el modelo de formación profesional dual, rápidamente rebautizado como modelo alemán, aquello tuvo algo de deja vu. A las generaciones que conocieron las antiguas escuelas de aprendices, esa combinación entre formación teórica en las aulas y práctica en las empresas les sonaba a algo conocido, a una vuelta atrás para corregir un modelo que no acababa de funcionar. Sin dejar de reconocer cierta similitudes con aquel pasado, los encargados de gestionar la reforma no se encuentran demasiado cómodos ni con la referencia alemana, ni con la identificación entre el nuevo modelo de enseñanza y la que recibían los aprendices, ni mucho menos suscriben cualquier referencia al fracaso del modelo de formación profesional. Desde Cantabria, por ejemplo, se mencionan referencias más cercanas, en el tiempo y en el espacio, para poner marco a un modelo mixto que ya recogía la normativa autonómica antes de que el Gobierno central, mediante real decreto, diera carta de naturaleza universal a la formación dual.
Tal y como la define la ley, la formación dual es un sistema mixto de enseñanza –en las aulas y en los centros de trabajo– con dos ramificaciones, que se corresponden respectivamente con el ámbito de la educación y el del empleo. De esta manera, y en lo tocante a los centros educativos, se da la posibilidad a los alumnos de completar su formación en el centro con horas de trabajo, y aprendizaje, en las empresas, según un reparto que va variando en cada uno de los tres años de los que consta un ciclo formativo de grado superior. Desde el punto de vista del empleo, el modelo se concreta en la puesta en marcha de un nuevo contrato de formación y aprendizaje, dirigido a desempleados menores de treinta años, que además de su trabajo en la empresa deberán recibir una formación que culmine con la obtención de un título de capacitación profesional, homologable en su alcance a los que otorga la FP reglada.
¿Dónde está la frontera con lo que existía antes de la promulgación del real decreto? El mero enunciado, en efecto, no establece grandes diferencias. La FP convencional, tanto en su grado medio como en el superior, ya establecía prácticas en las empresas, y el contrato de aprendizaje es una realidad –no exenta de controversia, hay que decir– desde las primeras reformas laborales. A poco que se profundice, en cambio, las diferencias se hacen evidentes, tanto en el terreno educativo como en el laboral.
A día de hoy se benefician del modelo dual un centenar de alumnos que cursan estudios de grado superior en alguno de los institutos de formación profesional de Cantabria. Las cifras son susceptibles de cambiar a medida que nuevas empresas firmen convenios específicos para poner plazas a disposición de los alumnos. Porque el sistema obliga a que entre la empresa y el centro se firme un acuerdo que especifique las tareas a desempeñar por el alumno y la formación que va a recibir, tanto en el aula como en el centro de trabajo. Hasta ahora, en los ciclos formativos de grado superior se dedicaba el último trimestre del último año a las prácticas en las empresas, que computaban como un módulo –asignatura, en la terminología académica de la FP– más, con su nota correspondiente. En el modelo dual, el reparto de horas entre el aula y la empresa se da desde el primer año de los tres que consta el programa, uno más que en un ciclo formativo de grado superior normal: hasta marzo el alumno sólo acude al instituto, para a partir de ahí dividir las horas a partes iguales entre el centro y la empresa. En el segundo y tercer año el tiempo se divide a partes iguales durante todo el año.
Además de la distribución de tiempos, la principal diferencia con el modelo convencional es la retribución del alumno, entendida como bolsa de ayuda al estudio, que asume la empresa: 200 euros al mes el primer curso, 300 el segundo y 400 el último. Se trata de becas formativas, por lo que no existe ninguna relación laboral con el alumno, que está amparado por el seguro escolar. A partir de este curso se establece además ayudas individuales para el transporte.
El programa dual es voluntario para el alumno, que debe solicitar su inclusión. La decisión definitiva depende del centro, que selecciona a los aspirante en virtud de criterios académicos. Ahora mismo, la demanda supera ampliamente la oferta, lo que ha llevado al Gobierno a programar acciones de difusión para resolver el principal condicionante para poder contar con más plazas: el número de empresas que se adhieren al sistema.
Curiosamente, el modelo de formación dual al que da forma el real decreto de noviembre cuenta con un antecedente en Cantabria, que en este campo se mueve un curso por delante que el resto de comunidades. Por iniciativa de GIRA, el clúster de empresas cántabras fabricantes de componentes de automoción, en 2011 se firmó un convenio plenamente equiparable a los rubricados posteriormente, y en virtud del cual alumnos de la familia profesional de Electricidad y Electrónica, del IES Nuestra Señora de los Remedios, de Guarnizo, y de Instalación y Mantenimiento, del IES José del Campo, de Ampuero, completaban su formación con horas de práctica en las empresas. “Tenemos la satisfacción de ver que lo que nosotros hicimos en el , y que trasladamos al ministerio, ha sido recogido casi de forma completa en el real decreto de la formación dual”, explica Enrique Haya, director general de Formación Profesional del Gobierno de Cantabria.
Esas dos familias profesionales se mantienen este segundo curso, aunque a las empresas de GIRA se han ido uniendo otras, que amplían notablemente la oferta de plazas. Esta se completa con otras para las familias de Fabricación Mecánica, Informática y Comunicaciones, Comercio y Márketing, Madera y Mueble y Hostelería. Esta última es la única de grado medio, y con un programa adaptado a sus circunstancia, en sólo dos años y con el reparto de horas de trabajo centrado en fines de semana y periodos vacacionales. Para extender la formación a estos ciclos se han firmado convenios con empresas y asociaciones, en un goteo constante que se ha incrementado de forma notable con el paso del tiempo. “Por primera vez estamos encontrándonos con que son las empresas las que nos llaman, interesándose por formar el convenio, cuando antes éramos nosotros los que teníamos que explicar el sistema. Eso va a llevar a que cada vez sean más los alumnos que puedan optar a formarse con este modelo”, apunta Haya.
El sistema, explica el director de Formación Profesional, es altamente interesante tanto para el alumno como para la empresa. Esta consigue hacer una formación específica que, de otro modo, tendría que llevar a cabo igualmente con los recién titulados, en tanto que el alumno adquiere los conocimientos precisos para un trabajo concreto. “Los índices de empleabilidad , de trabajadores que acaban formando contratos en la empresa donde han realizado las prácticas, son elevadísimos”, asegura Enrique Haya.
Del desempleo, a un título
La segunda pata de la formación profesional dual pone el mismo acento en la capacitación de los trabajadores, pero en este caso desde la óptica del empleo. El sistema contempla que los desempleados de entre 16 y 25 años sin formación, puedan entrar a trabajar en las empresas con un contrato de formación y aprendizaje que incluya tanto el desempeño de las tareas inherentes al puesto como el recibir la formación necesaria para obtener un título de cualificación profesional acreditado. El límite de edad de los 25 años se amplía hasta los 30 en tanto el nivel de desempleo español se mantenga por encima del 15%. En Cantabria, desde que el real decreto de noviembre fijara las condiciones de la formación profesional dual y hasta el pasado 21 de marzo, se han formalizado un total de 157 contratos de este tipo entre trabajadores y empresas.
La principal diferencia con los contratos de formación anteriores al real decreto es que los actuales están específicamente encaminados a que el trabajador obtenga un certificado de profesionalidad con idéntica validez que un titulo equivalente de FP, medio o superior dependiendo de cada caso. Hasta el 31 de diciembre de este año existe un régimen transitorio que permite eludir esa obligación cuando no exista titulación o certificado profesional asociado a la formación impartida. La formación puede darse en la propia empresa, si acredita que tiene el personal y las instalaciones adecuadas para ello, o en un centro, ya sea un instituto de FP adscrito al sistema educativo –públicos en su mayoría– o bien un centro de formación profesional para el empleo, donde son mayoría los de titularidad privada.
La retribución y la duración del contrato de formación dependerá de lo que contemple el convenio colectivo de la empresa, que por su parte se podrá beneficiar de reducciones en las cotizaciones sociales. El trabajador, por su parte, se obliga a asistir a las clases de formación, de manera que las faltas tendrían el mismo régimen sancionador que el no acudir al puesto de trabajo.